Vuelo cancelado: sus derechos
Cancelación con menos de 14 días de antelación — sus derechos a indemnización, reembolso y transporte alternativo según el Reglamento (CE) n.º 261/2004.
Cancelación con menos de 14 días de antelación — sus derechos a indemnización, reembolso y transporte alternativo según el Reglamento (CE) n.º 261/2004.
Cuando una aerolínea cancela su vuelo con menos de 14 días de antelación, el Reglamento (CE) n.º 261/2004 le reconoce el derecho a: (1) indemnización económica de 250–600 €, (2) reembolso del billete o transporte alternativo, y (3) asistencia (comida, bebida, alojamiento si fuera necesario). La indemnización solo se excluye si la aerolínea demuestra que la cancelación se debió a circunstancias extraordinarias que no podía haber evitado.
| Distancia | Indemnización |
|---|---|
| Hasta 1.500 km | €250 |
| 1.500 – 3.500 km | €400 |
| Más de 3.500 km | €600 |
Si la aerolínea le avisa de la cancelación con 7–13 días de antelación y le ofrece un vuelo alternativo que sale no más de 2 horas antes y llega con no más de 4 horas de retraso, la indemnización se reduce al 50 %. Con 0–6 días de antelación, la reducción es posible si el alternativo llega con no más de 2 horas de retraso (vuelos hasta 1.500 km) o 3 horas (vuelos más largos).
Independientemente de la indemnización, siempre tiene derecho a elegir entre:
Mientras espera el vuelo alternativo o el reembolso, la aerolínea debe proporcionarle: comida y bebida en proporción al tiempo de espera, dos llamadas telefónicas o correos electrónicos gratuitos, y alojamiento y transporte al aeropuerto si es necesario pernoctar.
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