Vuelo retrasado: ¿qué hacer?
Sus derechos EU261 y los pasos concretos tras un retraso de vuelo — para cualquier vuelo cubierto por el Reglamento (CE) n.º 261/2004 en toda Europa.
Sus derechos EU261 y los pasos concretos tras un retraso de vuelo — para cualquier vuelo cubierto por el Reglamento (CE) n.º 261/2004 en toda Europa.
Cuando su vuelo llega al destino con 3 o más horas de retraso, el Reglamento (CE) n.º 261/2004 le reconoce el derecho a una indemnización a tanto alzado de 250, 400 o 600 € — en función de la distancia del vuelo. El retraso se mide en la llegada, no en la salida (sentencia Sturgeon del TJUE). A partir de 2 horas de espera tiene también derecho inmediato a comida y bebida, con independencia de si luego se abona la indemnización. DelayPaid gestiona reclamaciones EU261 en toda Europa: cualquier vuelo que despegue desde un aeropuerto de la UE o del EEE, y cualquier vuelo procedente de fuera de Europa que llegue a la UE/EEE operado por una aerolínea de la UE/EEE.
El umbral decisivo son 3 horas de retraso en la llegada al destino final. No el momento en que el avión abandona la puerta de embarque, sino el instante en que se abren las puertas de la aeronave en el destino lo que determina el retraso. Un vuelo que llega 2 h 55 min tarde queda fuera del derecho; un vuelo que llega 3 h 1 min tarde está plenamente cubierto.
El importe de la indemnización depende de la distancia:
| Distancia | Retraso en llegada | Indemnización |
|---|---|---|
| Hasta 1.500 km | ≥3 horas | €250 |
| 1.500 – 3.500 km | ≥3 horas | €400 |
| >3.500 km (intraeuropeo) | ≥3 horas | €400 |
| >3.500 km (intercontinental) | ≥4 horas | €600 |
| >3.500 km (intercontinental) | 3–4 horas | €300 |
El Reglamento (CE) n.º 261/2004 se aplica cuando:
¿Vuelo de Nueva York a Ámsterdam con KLM? Cubierto. ¿El mismo trayecto con American Airlines? No cubierto. ¿Vuelo de Ámsterdam a Nueva York con American Airlines? Cubierto (salida UE).
Cuantos más justificantes tenga, más sólida será su posición. Guarde inmediatamente después del retraso los siguientes documentos:
Tras regresar, presente la reclamación ante la aerolínea. Casi todas tienen un formulario de reclamación en línea. En su escrito, indique:
Envíe la reclamación por correo electrónico con acuse de recibo o por correo certificado. Conserve copias de toda la documentación enviada.
Las aerolíneas a veces no responden o rechazan la reclamación con un escrito estándar sobre "circunstancias extraordinarias". Tiene entonces las siguientes opciones:
Puede presentar su reclamación EU261 de forma completamente gratuita y por su cuenta ante la aerolínea. Solo le costará tiempo. Si la rechazan, también puede presentar una queja gratuita ante la AESA. DelayPaid aporta valor cuando la aerolínea impugna la reclamación, el caso requiere acciones legales, o simplemente prefiere no ocuparse usted de la correspondencia. La decisión es completamente suya.
Su derecho a indemnización puede prescribir. En España, el plazo es de 5 años desde la fecha del vuelo (art. 1964.2 CC). Además, una reclamación extrajudicial — como el envío de un burofax con acuse de recibo — interrumpe y reinicia el plazo (art. 1973 CC). Los plazos varían según el país: Bélgica solo 1 año, Alemania 3 años, Países Bajos 2 años. Utilice siempre el plazo más corto que pueda aplicarse como fecha límite segura. No espere demasiado. Consulte también nuestra guía sobre plazos de prescripción por país.
¿No sabe si tiene derecho a indemnización? Use nuestra herramienta gratuita. En 30 segundos obtendrá el resultado.
Verificar mi vuelo